Un centenar de empresarios del Pirineo se unen para exigir compensaciones a la DGA por las pérdidas de la campaña de nieve
Publicado el 7/4/2021
Los afectados reclamarán indemnizaciones por las consecuencias de las restricciones de movilidad y por quedarse fuera de las ayudas convocadas.
Un centenar de autónomos y pequeños empresarios del Pirineo vinculados al sector de la nieve (hoteles, restaurantes, comercios, escuelas de esquí...) se han unido para reclamar al Gobierno de Aragón compensaciones económicas por las pérdidas derivadas del "maltrato constante" que aseguran haber sufrido con las restricciones acordadas durante la pandemia, que "han ahogado" a muchos negocios de estas zonas y que tachan de "poco acertadas y fruto de una solución generalista e insensible a la realidad de las particularidades sociales, territoriales y económicas de sus valles".
Los afectados, que canalizarán sus reclamaciones a través del bufete jurídico Dorinda Aventín y Albert Panabera (uno de los varios despachos de abogados que durante estos meses se han ofrecido a las asociaciones turísticas del Pirineo para emprender acciones), se consideran también agraviados por las ayudas acordadas tras las continuas protestas llevadas a cabo. Y es que los empresarios del Pirineo ya han denunciado que al no computarse el primer trimestre de este 2021, se pueden quedar fuera tanto de las ayudas estatales como de las autonómicas.
Según explica la letrada Dorinda Aventín, aunque la fundamentación jurídica sea conjunta, las reclamaciones se presentarán de forma individual ya que cada negocio tendrá una cuantificación del daño distinta. Actualmente se están elaborando los informes periciales para concretar el importe de las pérdidas ocasionadas "que serán cuantiosas porque las medidas les han afectado sobre todo en los meses que más negocio hacían, entre noviembre y marzo, ya que son territorios que viven del turismo de la nieve". La abogada estima, además, que se sumarán muchos más empresarios y advierte de que en función de la resolución, tampoco descartan llegar a los tribunales.
Los reclamantes basan sus reclamaciones en las pérdidas derivadas de los cierres de establecimientos y de las intensas restricciones de movilidad que hicieron "económicamente inviable" la apertura de sus establecimientos. Por ello, sostienen que fueron medidas "no proporcionales, ni justificadas y también arbitrarias teniendo en cuenta la baja densidad poblacional de los valles y la alta concentración de población que si se permitió en otras áreas". En este sentido, ponen como ejemplo lo ocurrido en Cataluña, donde se permitió desplazarse al valle de Arán si tenían segunda residencia o reserva hotelera, en Madrid con Navacerrada o en Andalucía con Sierra Nevada.
Sostienen que el Gobierno de Aragón no ha actuado de modo diligente y, por el contrario, ha existido una "falta absoluta de estudio, análisis y planificación" de unas mejores medidas que no hubieran implicado la "aniquilación total" de su derecho a poder trabajar. "Esta falta de sensibilidad, a la que se une una deficiente motivación de las medidas adoptadas, que se evidencia en contraste con las medidas decretadas por otras Comunidades Autónomas, implica una absoluta requisa de sus bienes y derechos, entre ellos el de explotar sus actividades económicas, condenándoles a sobrevivir con unos ahorros que a la postre se han visto gravados con el pago de impuestos, que en modo alguno han sido tampoco condonados", denuncian.
Y aunque afirman entender que ciertas medidas debían ser adoptadas para el mejor control de la pandemia, en aras a la protección del bien común y la salud de todos, "en ningún caso comparten que estas deban ser soportadas con sacrificio absoluto de sus economías sin una adecuada compensación", añaden.
Ante esta situación, aseguran que se ha visto abocados a presentar una petición indemnizatoria en vía administrativa, que incluye la interposición de una reclamación económico-administrativa para verse resarcidos de los daños que vienen sufriendo y especialmente los correspondientes a la temporada comprendida por los meses de invierno al haberles privado de ejercer su derecho fundamental a la libertad de empresa ( artículo 38 Constitución Española) y el derecho a la libre prestación de servicios (artículo 56 y 57 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).