La Justicia europea da la razón a España en su reclamación de daños por el Prestige
Publicado el 24/6/2022
El Tribunal Europeo de Justicia ha dictaminado que la confirmación de un laudo arbitral en el Reino Unido no puede impedir el reconocimiento de las decisiones de la Justicia española que reclamaban a la aseguradora del Prestige el pago de las indemnizaciones reclamadas por España. La sentencia responde a una cuestión prejudicial que interpuso la justicia británica dos días antes de que este país saliera de la Unión Europea.
La disputa se refería, en efecto, al hecho de que la aseguradora británica «» se negaba a pagar la indemnización reclamada por el Reino de España por los daños causados por el hundimiento del Prestige en 2002, según los términos de la póliza que preveía compensaciones de hasta mil millones de dólares, diciendo que había llegado a un arbitraje con el armador en instancias británicas y que este fue después confirmado por una sentencia judicial, que es la que España recurrió. Los jueces de Londres tenían dudas sobre si ese arbitraje cerraba la puerta a esas reclamaciones de España y pidieron la opinión de los jueces europeos, a pesar de que en ese momento estaban procediendo a desconectarse de la Unión.
Los jueces de Luxemburgo aclaran ahora que los tribunales británicos no podían dar carpetazo al caso a través del arbitraje sin haber tenido en cuenta las reclamaciones de la justicia española. Ahora les corresponde a los jueces de Londres aplicar este criterio a la hora de determinar si atienden o no el recurso planteado por España.